
Cómo afectan VeriFactu y la ‘Ley Crea y crece’ a los softwares de facturación
¿Qué son la ‘Ley crea y crece’ y Verifactu?
En los últimos años, la legislación en torno a la fiscalidad y la facturación en España ha dado un gran paso adelante con varios objetivos principales:
- la digitalización de las empresas y del sistema público
- la transparencia y lucha contra el fraude fiscal
- la lucha contra la morosidad
- alinear la legislación nacional con respecto a las normativas internacionales
En este sentido, son dos las grandes legislaciones que plantean nuevos retos, no solo para empresas y profesionales, sino también para los vendedores independientes de software encargados de la facturación y la fiscalización de las mismas. Hablamos de la Ley Antifraude y la Ley Crea y crece, cuyas implicaciones para los fabricantes de software e ISV (vendedores de software independientes) son muy relevantes, porque se prevé que las dos medidas comiencen a ser efectivas con carácter obligatorio para ellos en 2024.
Ley Antifraude
Para evitar la manipulación de la facturación y contabilidad de las empresas en España, la Ley Antifraude 11/2021 del 9 de julio promueve medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. En ella se indica que los softwares de facturación deberán impedir la modificación y destrucción de los registros en el proceso de facturación, y que estos realizarán la remisión de todos los registros de facturación a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Asimismo, establece las condiciones que debe cumplir dicho software antifraude o Software Veri*factu, que deberá utilizarse por empresas y profesionales a la hora de emitir facturas ordinarias y simplificadas acordes a la nueva normativa. La palabra Veri*factu hace referencia a “Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT”.
Ley Crea y crece
Por otro lado, la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, ya conocida popularmente como ‘Ley Crea y Crece’, pretende impulsar la digitalización, luchar contra la morosidad entre empresas y autónomos y mejorar la gestión empresarial a través de la implantación de la factura electrónica. Por esto, todas las empresas y profesionales deberán ajustar o migrar sus sistemas de facturación hacia la facturación electrónica o e-factura. Se acabaron las facturas en Excel.
¿Cómo afectan la ‘Ley crea y crece’ y Veri*factu a los software de facturación?
Uno de los principales aspectos que tienen en común ambas normativas es que extienden la obligación de la correcta aplicación de la ley a los desarrolladores de software e ISV. ¿Esto tiene sentido? Completamente. Si el software está pensado y desarrollado para impedir el fraude y la morosidad y, a partir de ahora, empresas y autónomos van a necesitar facturar y controlar su fiscalidad a través de uno de ellos: problema resuelto.
Pero aquí viene otra de las grandes novedades: a los softwares de facturación no solo se les exige la obligación de funcionar conforme a las normativas, sino que la responsabilidad de que el funcionamiento sea correcto también les atañe. O lo que es lo mismo: si se demuestra que un obligado tributario ha cometido fraude fiscal, la Ley Antifraude indica que las multas correspondientes se aplicarán tanto al obligado tributario (empresa o profesional) como a la empresa responsable de su software de facturación.
Por eso es de especial importancia conocer las normativas en detalle y estar seguros de que el desarrollo del software no solo cumple con VeriFactu y la ‘Ley crea y crece’ al 100%, sino que este permanece constantemente actualizado conforme a norma, tal y como garantizamos con nuestra solución SIGN Es de fiskaly.
Otro de los requisitos que se exige a los desarrolladores de software (o SIF, según las siglas Sistemas Informáticos de Facturación, tal y como se les denomina en la Ley Antifraude) es estar certificados en la AEAT. Este registro verifica que los software funcionan conforme a norma y que pueden oficialmente remitir la información del obligado tributario a las autoridades correspondientes de forma inmediata, garantizando la integridad e inalterabilidad de los registros.
En el caso de la Ley Crea y crece, es indispensable para los desarrolladores e ISV de programas de facturación que garanticen la correcta conexión a la solución pública de facturación electrónica, donde se enviarán los registros de facturación de los obligados tributarios.
¿Cuándo entran en vigor la ‘Ley crea y crece’ y Veri*factu y cuándo deben aplicarlas los softwares de facturación?
Plazos Ley Antifraude
El Consejo de Ministros ha aprobado el 01 de abril de 2025 una modificación del Real Decreto 1007/2023 que afecta directamente al calendario de implementación de Verifactu. El objetivo es ofrecer mayor margen de adaptación para los contribuyentes.
A partir de esta modificación, las fechas de entrada en vigor se diferencian por tipo de contribuyente:
- 01 de enero de 2026: fecha de entrada en vigor para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (art. 3.1.a), es decir, para personas jurídicas.
- 01 de julio de 2026: fecha de entrada en vigor para personas físicas.
Para los fabricantes y comercializadores de software de facturación se mantiene la fecha límite del 29 de julio de 2025 para adaptar los sistemas informáticos a los requisitos técnicos que plantea la normativa.
Plazos Ley Crea y crece
Por su parte, la Ley crea y crece indica que “los Ministerios de Asuntos Económicos y Transformación Digital y de Hacienda y Función Pública, en el ámbito de sus competencias, determinarán los requisitos técnicos y de información a incluir en la factura electrónica a efectos de verificar la fecha de pago y obtener los periodos medios de pago, los requisitos de interoperabilidad mínima entre los prestadores de soluciones tecnológicas de facturas electrónicas, y los requisitos de seguridad, control y estandarización de los dispositivos y sistemas informáticos que generen los documentos.[...] El plazo para aprobar estos desarrollos reglamentarios será de seis meses a contar desde la publicación en el BOE de la presente ley. [...] Previo a la aprobación del desarrollo reglamentario, el Gobierno abrirá un período de exposición pública del reglamento regulador de la factura electrónica, a efecto de presentación de alegaciones por parte de los interesados.”
La Ley 18/2022, conocida como Ley Crea y Crece, introduce la obligación de utilizar factura electrónica en las relaciones B2B. Aunque la ley ya está en vigor, su desarrollo normativo sigue avanzando: el nuevo borrador del reglamento de facturación electrónica está en fase de revisión tras haber sido publicado por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Según este borrador, las fechas tentativas de entrada en vigor serían:
- Empresas con facturación superior a 8 millones €: un año desde la publicación del reglamento definitivo.
- Resto de empresas: dos años desde la publicación del reglamento.
¿A qué softwares afecta la ‘Ley crea y crece’ y Veri*factu?
La Ley Antifraude se refiere a los softwares de facturación mediante la definición de SIF, por sus siglas: Sistema Informático de Facturación. Se considera un SIF al conjunto de hardware y software usado para expedir facturas, que realicen las siguientes acciones:
- Admitir la entrada de información de facturación
- Conservar la información de facturación, ya sea almacenándolo en el propio sistema informático de facturación o mediante su salida al exterior del mismo en un soporte físico de cualquier tipo y naturaleza o a través de la remisión telemática a otro sistema informático, sea o no de facturación.
- Procesar la información de facturación a través de cualquier procedimiento para producir otros resultados derivados, independientemente de dónde se realice este proceso, pudiendo ser en el propio sistema informático de facturación o en otro sistema informático previa remisión de la información al mismo por cualquier vía directa o indirecta.
Por su parte, la ‘Ley crea y crece’ define la obligación de que todos “los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos contables, de facturación o de gestión de quienes desarrollen actividades económicas, garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas mismos.” Para estos softwares, se establecen varias especificaciones técnicas y se obliga a que estén debidamente certificados.
Por tanto, si eres un ISV o un desarrollador de software con punto de facturación, ambas leyes afectarán a tu manera de trabajar, comunicar e implementar tu servicio con respecto a tus clientes. Desde fiskaly, no solo ayudamos a empresas y profesionales con su fiscalización, sino que también ofrecemos soporte y servicio a otros desarrolladores con la parte de fiscalización de sus productos. Nuestra solución SIGN ES incluye tanto la adecuación a las dos nuevas legislaciones, como el cumplimiento de TicketBAI (el programa homólogo de Veri*factu en País Vasco). Y trabajando con fiskaly, te aseguras que las actualizaciones del software estarán siempre a la orden del día integrando una única API.