Comienza el periodo de implementación de Verifactu para fabricantes de software
Hoy, 28 de octubre de 2024, se ha aprobado la Orden Ministerial por la que se aprueba de manera oficial la Ley Antifraude y el reglamento técnico de los sistemas Verifactu. Comienza así la cuenta atrás para que los fabricantes de software de facturación (TPV, ERP, PMS…) adapten sus sistemas informáticos a los requisitos marcados por la ley, y para que empresas y autónomos realicen su facturación a través de un software antifraude homologado.
Verifactu: cuándo entra en vigor
La aprobación de la Orden Ministerial marca dos fechas clave:
Verifactu obligatorio para fabricantes de software ➡️ 29 de julio de 2025
Todos los fabricantes y comercializadores de software de facturación (u otros software de gestión que incluyan la posibilidad de facturar - ERP, TPV, PMS…) deberán cumplir con los requisitos técnicos de la Ley Antifraude, tanto las opciones de facturación con envío inmediato a la AEAT (Verifactu) como la opción de firma electrónica y hash encadenado (No-Verifactu). Por tanto, desde ahora comienza la cuenta atrás de 9 meses para adaptarse a la nueva normativa de manera obligatoria.
Verifactu obligatorio para empresas y autónomos
El periodo para la adaptación obligatoria para contribuyentes se definirá en las próximas comunicaciones de la Agencia Tributaria. Una vez confirmado, las empresas y profesionales cuya facturación sea inferior a 6 millones de euros deberán facturar utilizando un software antifraude conforme a la ley de manera obligatoria. Los contribuyentes podrán acogerse tanto a la modalidad Verifactu como a la No-Verifactu.
Sanciones por incumplimiento de Verifactu
Una de las novedades de la legislación española, a diferencia de otras legislaciones homólogas en el resto de Europa, es que la facturación manual o automática que se realice con un software no-antifraude implicará sanciones tanto para la empresa o autónomo en cuestión, como para la empresa comercializadora del software de facturación utilizado.
Por su parte, las empresas o autónomos que utilicen softwares que permitan la contabilidad B o, directamente, no utilicen un software antifraude para facturar (sigan usando el método manual o Excel, por ejemplo), se enfrentarán a multas de hasta 50.000€ al año.
En cambio, los software no conformes que permitan irregularidades en la facturación, se enfrentarán a sanciones de hasta 150.000€ por año. Por lo que es muy recomendable asegurarse de utilizar un software antifraude certificado por la AEAT.
Por el contrario, y aunque todavía no tenemos información oficial sobre ello, sí se ha adelantado la posibilidad de que aquellas empresas que se acojan a la Ley Antifraude antes de tiempo, disfrutarán de unas bonificaciones especiales. Esto ya sucedió en el País Vasco con TicketBAI, por lo que se presupone que funcionará de la misma manera para Verifactu en el resto del territorio español.
API Verifactu: ¿está tu software preparado para cumplir con la Ley Antifraude?
SIGN ES de fiskaly, nuestra API Verifactu, está preparada para cumplir con la Ley Antifraude. Incluye todos los requisitos pre-aprobados en el borrador del reglamento y, desde la aprobación oficial de los mismos, comenzamos a trabajar para cumplir con todas las funcionalidades que marca el reglamento oficial lo antes posible.
Una sola integración, múltiples normativas.
Con SIGN ES, nuestra API Verifactu, te asegurarás de cumplir no solo con la Ley Antifraude y Verifactu, sino con TicketBAI en las tres provincias del País Vasco y con las próximas exigencias de la Ley Crea y Crece en materia de facturación electrónica B2B obligatoria. Evita multas de hasta 150.000 euros y cumple ya con la ley Antifraude de forma sencilla y sin necesidad de desarrollo o cambio de software.